Contrato Privado de Cesión de Derechos de Imagen y Uso de Datos No Sensibles

De una parte, Sergio Olid Robles, con DNI 77351315S, y domicilio en Av San Rafael 4, bloque 5 portal 15 bajo D, Arroyo de la Miel – Benalmádena Costa 2963, representada en este acto por Diverfy, en calidad de Gerente, en adelante “LA EMPRESA”.
EXPONE
Que EL INFLUENCER tiene una notable presencia en redes sociales y otros medios digitales.
Que LA EMPRESA está interesada en colaborar con EL INFLUENCER para la promoción de sus productos/servicios, y para ello desea utilizar la imagen y algunos datos no sensibles de EL INFLUENCER.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Contrato

EL INFLUENCER cede a LA EMPRESA, de forma exclusiva y sin limitación temporal ni territorial, los derechos de uso, reproducción, distribución y comunicación pública de su imagen, así como la autorización para utilizar sus datos no sensibles para fines comerciales, promocionales y publicitarios.

Segunda. Datos No Sensibles

Se consideran datos no sensibles aquellos que no revelan información sobre la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud, vida sexual, o cualquier otra que pudiera afectar a la intimidad personal del influencer. Estos datos pueden incluir, pero no se limitan a, nombre, alias, estadísticas de redes sociales, contenido publicado, y otras métricas de interacción.

Tercera. Derechos de Imagen

EL INFLUENCER cede a LA EMPRESA los derechos de su imagen para que pueda ser utilizada en cualquier medio o formato, incluyendo pero no limitándose a, redes sociales, televisión, prensa, publicidad digital e impresa. Esta cesión se realiza de manera gratuita implícita en todos sus formatos y usos.

Cuarta. Uso de Datos

LA EMPRESA se compromete a utilizar los datos no sensibles del INFLUENCER de acuerdo con la legislación vigente sobre protección de datos y únicamente para los fines establecidos en este contrato.

Quinta. Duración del Contrato

El presente contrato entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración indefinida, salvo que cualquiera de las partes notifique por escrito su intención de darlo por terminado con un preaviso de 14 días.

Sexta. Protección de Datos

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, General de Protección de Datos (GDPR), LA EMPRESA se compromete a tratar los datos personales del INFLUENCER con la máxima confidencialidad y seguridad.

Séptima. Resolución de Conflictos

Las partes acuerdan que cualquier conflicto derivado de la interpretación o ejecución de este contrato será sometido a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Málaga.

Octava. Aceptación

Ambas partes manifiestan su conformidad con el contenido del presente contrato, procediendo a su firma en dos ejemplares y a un solo efecto.

Novena. Compromiso de Colaboración

EL INFLUENCER se compromete a colaborar de manera total a partir del momento en que se firma este contrato, no pudiendo negarse a promocionar un producto para el que es requerido.

Décima. Límites de la Colaboración

En ningún momento se pedirá nada vejatorio o que impacte en terceros de forma vejatoria o denigrante, ni en contra de principios morales o éticos.

Undécima. Ganancias del Influencer

La ganancia del INFLUENCER irá en función de los porcentajes de ventas o ganancias que surjan a raíz de las promociones pactadas o realizadas con éxito.

Duodécima. Confidencialidad Post-Colaboración

Una vez firmado el contrato de colaboración, si cesa este contrato el INFLUENCER no podrá revelar públicamente información interna de la empresa ni desprestigiar o criticar de forma alguna los métodos y modelo de negocio de la plataforma.

Decimotercera. Uso de Campañas Promocionales

Una vez realizada alguna campaña de promoción por parte del INFLUENCER, LA EMPRESA podrá seguir utilizándose tantas veces como considere oportuno aunque dicho INFLUENCER no continúe colaborando con la empresa en cuestión o haya cesado su actividad de colaboración.